Calendario
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24 de abril:
presentación de la declaración de la renta a través de internet.
·
3 de mayo:
comienzo de la campaña de la renta 2013 de forma
general. A partir de aquí ya se podrá solicitar cita con Hacienda para que nos
ayuden a confeccionar la declaración de IRPF,
así como presentarla en las propias oficinas de la AEAT. A estas alturas
ya debería de estar disponible elPrograma
Padre.
·
1 de julio: fecha
límite para confirmar el borrador de IRPF con el resultado a
devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en
cuenta. Final de la campaña de la renta 2012.
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31 de diciembre:
cierre del año fiscal 2013 y fecha límite para que Hacienda proceda a la devolución de la renta dentro
del plazo legalmente estipulado. En caso de superarse esa fecha, la Agencia
Tributaria deberá abonar la devolución con sus
correspondientes intereses de demora (estos deben incluirse sin que
el contribuyente tenga necesidad de solicitarlos)
Exentos de declarar la renta 2012
Aunque no supone ninguna
novedad, nunca está de más recodar quienes están obligados a presentar la
declaración de la renta y quienes están exentos. En este sentido podrán
‘librarse’ todas las personas que hayan cobrado menos de 22.000 euros de un
sólo pagador siendo empleados por cuenta ajena.
En el caso de contar con uno o
más pagadores, la cifra se reduce hasta los 11.200 euros siempre que se hayan
cobrado más de 1.500 euros del segundo y posteriores pagadores.
Deducciones del juego
Otra novedad de esta edición es que se podrán compensar las ganancias del juego obtenidas desde el 1 de enero de 2012 en casinos, bingos o máquinas recreativas con las pérdidas sufridas en el mismo período, sin que las pérdidas superen en ningún caso a las ganancias. Esta norma no afecta a los premios de loterías, Cruz Roja, ONCE o Euromillones.
Estos grupos se unen ahora a los colectivos que ya venían recibiendo el borrador desde hace años: contribuyentes que sólo tienen rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o letras del Tesoro.
Último año de la deducción por vivienda
Quienes compraron casa en 2012
y en años anteriores podrán incluir la adquisición de vivienda habitual como
parte de las deducciones, algo que ya no podrán hacer quienes compren su casa
en 2013. En la renta 2012, la que completaremos en 2012, se podrá incluir una
desgravación por la compara de vivienda con un 15% sobre las cantidades
aportadas y una base máxima de 9.015 euros.
Incrementos
de tramos
Este incremento de los tramos de IRPF se
hará efectivo en las rentas del año 2012, y lo veremos reflejado en la
declaración del año 2013. Según anuncio el gobierno esta subida será temporal y
previsiblemente dure dos años.
Hasta
los 17.707 euros al año aumenta un 0,75%.
-Hasta los 33.007 aumenta un 2%.
-Hasta los 53.407 euros aumenta un 3%.
-Hasta los 120.000 euros un 4%.
-Hasta los 175.000 un 5%.
-Hasta los 300.000 euros un 6%.
-A partir de los 300.000 un 7%
-Hasta los 33.007 aumenta un 2%.
-Hasta los 53.407 euros aumenta un 3%.
-Hasta los 120.000 euros un 4%.
-Hasta los 175.000 un 5%.
-Hasta los 300.000 euros un 6%.
-A partir de los 300.000 un 7%
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Recordemos que el IRPF se aplica a personas físicas no a las
sociedades. La nómina no es el único baremo a la hora de calcular los ingresos
percibidos, ya que a estas cantidades se le resta un mínimo o exento de
tributación que se guía por una tabla de circunstancias personales.
·
Esto implica por ejemplo, que aún teniendo un mismo sueldo una
persona casada y con hijos no pagará lo mismo que una soltera sin hijos.
Nuevas reducciones en los alquileres
Se mantiene las reducciones
sobre los ingresos obtenidos por el alquiler de vivienda aprobadas para la
renta 2011. Estas elevaban del 50% al 60% la reducción del rendimiento neto
cuando el inquilino era una persona menor de 30 años.
Para los arrendamientos
procedentes de contratos anteriores a 1 de enero de 2011, la reducción del 100%
se mantiene hasta la fecha en que el arrendatario cumpla 35 años.
Nuevas
deducciones: Comunidad Valenciana
Se crean dos nuevas deducciones:
·
Se incrementa la deducción por familia numerosa, categoría
general, que pasa de 204 € a 300 € y de 464 € a 600 € por categoría especial.
·
Por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar,
100 € por cada hijo escolarizado en un centro público o privado concertado de
la Comunidad Valenciana, en educación primaria, secundaria o especial, con
límites según la renta y cada categoría.

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