1.- ¿A quien afecta?
Afecta a todas las S.A. y S.L. y en general a todas las formas juridicas cuyo NIF comience po las letras A, B, N, W, U.
2.-¿A partir de que momento dejan de recibirse la notificaciones por correo?
La Agencia Tributaria avisara por correo a cada contribuyente, de manera individual, a partir de ese momento se estara dado de alta en el sistema de Dirección Electronica Habilitada (DEH) y se dejara de recibir notificaciones por correo.
3.-¿Qué es la Dirección Electronica Habilitada?
Es como un buzon de correo electronico que te abre la AEAT para recibir las notificaciones a traves de la Web http://notificaciones.060.es donde se retiraran a los 30 días, y en www.agenciatributaria.gob.es donde se podra consultar un historico de todas las notificaciones.
4.-¿Qué ocurre si no accedo al buzón y no recojo las notificaciones?
En el caso de no recoger las notificaciones en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considera notificado.
5.-¿Cómo puedo acceder a mi DEH?
Solo se puede acceder con un certificado electrónico de usuario o bien apoderando a otra persona para acceder a sus notificaciones con el certificado electronico de la otra persona.
En el caso que se decida apoderar a la impresora, es necesario que el Gerente de la Empresa firme el apoderamiento en la Delegación de Hacienda o bien ante Notario.
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