miércoles, 9 de noviembre de 2011

AVANCE IRPF 2011



AVANCE CAMPAÑA DE RENTA 2011



Aunque os parezca que es un poco pronto, ya que os preguntareis que hago refiriéndome a una declaración que se hará en Mayo y Junio de 2012, os explico hay gente que planifica su fiscalidad para no tener que echarse las manos a la cabeza cuando llegue esa fecha. Quedan 2 meses para acabar el año y una vez concluido no se podrá echar atrás y las decisiones no tomadas pueden pesar luego. Por lo que os voy a poner un pequeño esbozo de las novedades para esta declaración, aunque como sabéis el próximo gobierno puede cambiar matices o derogar algunas medidas.

PRINCIPALES NOVEDADES


Subida IRPF

Suben los tramos para las rentas mas altas pasando de 4 tramos a 6.

Año 2010

DESDE
HASTA
GRAVAMEN
0
17707,2
24%
17707,2
33007,2
28%
33007,2
53407,2
37%
53407,2
--------
43%



Año 2011

DESDE
HASTA
GRAVAMEN
5.050 €
17.360 €
24%
17.360 €
32.360 €
28%
32.360 €
52.360 €
37%
52.360 €
120.000 €
43%
120.000 €
175.000 €
44%
175.000 €
--------
45%



Mínimos Personales y familiares


Año 2010






Año 2011


Picar en el cuadro para acceder a la página donde esta extraído el cuadro.






VIVIENDA HABITUAL

Desde el 1 de enero de 2011 sólo los contribuyentes con un Base imponible menor a 24.000 € podrán deducirse la vivienda habitual. Por lo que se elimina su Carácter General. Se mantiene el tipo del 15%, pero el limite máximo de 9.015, 18 € solo será para aquellas rentas menores de 17.000 € a partir de esa cantidad se reduce progresivamente el límite.

Y lo mas importante que todo el mundo debe saber, quienes hubiesen comprado su vivienda antes del 1 de enero de2011 podrán desgravar las cantidades máximas independientemente a su base imponible.


Vaya este adelanto para que vayáis pensando si os conviene o no hacer planificación fiscal.



miércoles, 2 de noviembre de 2011

TODAS LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS Y LIMITADAS DEJARÁN DE RECIBIR NOTIFICACIONES POR CORREO. DEBERÁN CONSULTARLAS POR INTERNET

En un desesperado intento de ahorrar papel y sobretodo en reducir en el tiempo los tramites para ejecutar deudas fiscales y efectuar requerimientos el gobierno aprobo el Real Decreto 1363/2010, sobre las notificaciones de la Agencia Tributaria. Os explico en que consiste.


1.- ¿A quien afecta?

Afecta a todas las S.A. y S.L. y en general a todas las formas juridicas  cuyo NIF comience po las letras A, B, N, W, U.

2.-¿A partir de que momento dejan de recibirse la notificaciones por correo?

La Agencia Tributaria avisara por correo a cada contribuyente, de manera individual, a partir de ese momento se estara dado de alta en el sistema de Dirección Electronica Habilitada (DEH) y se dejara de recibir notificaciones por correo.

3.-¿Qué es la Dirección Electronica Habilitada?

Es como un buzon de correo electronico que te abre la AEAT para recibir las notificaciones a traves de la Web http://notificaciones.060.es donde se retiraran a los 30 días, y en www.agenciatributaria.gob.es donde se podra consultar un historico de todas las notificaciones.

4.-¿Qué ocurre si no accedo al buzón y no recojo las notificaciones?

En el caso de no recoger las notificaciones en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considera notificado.

5.-¿Cómo puedo acceder a mi DEH?

Solo se puede acceder con un certificado electrónico de usuario o bien apoderando a otra persona para acceder a sus notificaciones con el certificado electronico de la otra persona.

En el caso que se decida apoderar a la impresora, es necesario que el Gerente de la Empresa firme el apoderamiento en la Delegación de Hacienda o bien ante Notario.

En el caso de querer un certificado electronico propio hay que solicitarlo a la FNMT via Web, recoger la clave de acceso en la Delegación de Hacienda debera ir el Gerente o representante legal y posteriormente descargarlo de Internet